VERIFACTU en oficinas de farmacia: qué cambia si “tú solo haces tickets” y cuándo tendrás que adaptarte

9 Diciembre 2025
VERIFACTU en oficinas de farmacia: qué cambia si “tú solo haces tickets” y cuándo tendrás que adaptarte

VERIFACTU en oficinas de farmacia: qué cambia si “tú solo haces tickets” y cuándo tendrás que adaptarte

Si eres titular de una farmacia, tu día a día es más o menos así:

  • Vendes casi siempre a cliente final.
  • Trabajas en recargo de equivalencia y, en la práctica, “no tienes IVA”: no presentas modelos periódicos y no te dedicas a deducir cuotas.
  • En el mostrador imprimes tickets y solo haces facturas cuando te las pide alguien (empresa, autónomo, residencia, mutua, aseguradora, etc.).

Con este panorama es lógico que, cuando oyes hablar de factura electrónica o VERIFACTU, pienses:

“Eso será para empresas con IVA, a mí no me afecta, yo solo hago tickets”.

Sin embargo, la nueva normativa de facturación alcanza a las farmacias, aunque trabajen en recargo de equivalencia. La clave no está en si presentas IVA, sino en que utilizas un programa informático para emitir tickets y facturas.


1. Punto de partida: tickets y recargo de equivalencia en la farmacia

En la mayoría de oficinas de farmacia en España:

  • El titular tributa en régimen especial de recargo de equivalencia, por lo que el IVA se resuelve básicamente en las compras (proveedor repercute IVA + recargo) y no hay obligación de presentar modelos periódicos de IVA.
  • En el mostrador, el documento habitual es el ticket, que jurídicamente es una factura simplificada: identifica a la farmacia, lleva fecha, numeración, importes, tipos de IVA incluidos en el PVP, etc.
  • Solo se emiten facturas completas cuando el cliente lo necesita (para su contabilidad, seguros, residencias, mutuas, empresas…).

Hasta ahora, mientras el programa de caja sacara el ticket y tú hicieras tus cierres diarios, Hacienda estaba bastante lejos del mostrador. Eso es precisamente lo que viene a cambiar el Reglamento VERI*FACTU.


2. ¿Qué es VERIFACTU y por qué afecta también a las farmacias?

VERIFACTU nace del Real Decreto 1007/2023, que regula los sistemas informáticos de facturación (SIF) que utilizan empresarios y profesionales. Su objetivo es sencillo de entender:
evitar que los programas permitan ocultar ventas o manipular tickets y facturas.

En resumen, la norma exige que el software de facturación:

  • Genere registros íntegros e inalterables.
  • Encadene cada ticket/factura con el anterior mediante una “huella” o código (cadena de registros).
  • Lleve un registro de eventos (errores, anulaciones, cambios, etc.).
  • Permita, si el contribuyente lo elige, el envío en tiempo casi real a Hacienda: eso es lo que se llama trabajar en modo VERI*FACTU.

Lo importante para una farmacia:

A ojos de la norma, tu programa de gestión de farmacia es un sistema informático de facturación, porque con él emites tickets (facturas simplificadas) y, cuando toca, facturas completas.

Da igual que tú no presentes IVA: si emites documentos de venta con un programa, entras en el ámbito de VERI*FACTU.


3. Tickets, facturas y VERIFACTU en la práctica de una farmacia

En una farmacia conviven tres realidades:

  1. Ticket de mostrador
    • Es el documento habitual.
    • Para el cliente, es justificante de compra; para ti, registro de venta.
  2. Ticket “nominativo” o factura simplificada con datos del cliente
    • Cuando el cliente quiere que el ticket lleve su nombre/NIF, pero sin llegar a una factura completa.
  3. Factura completa
    • Para empresas, autónomos, residencias, mutuas, aseguradoras…
    • Suele emitirse por operaciones puntuales o de forma periódica (por ejemplo, facturación mensual a una residencia).

Con VERIFACTU no desaparece ninguna de estas figuras:
seguirás trabajando con tickets para el público en general y con facturas cuando toque.

Lo que cambia es cómo funciona el programa por detrás:

  • Cada ticket/factura tendrá un identificador único y se encadenará con el registro anterior.
  • No se podrán borrar ventas sin dejar rastro: habrá que anularlas correctamente.
  • El sistema mantendrá un histórico de eventos (errores, anulaciones, actualizaciones).
  • Los formatos de impresión podrán incorporar un código QR y una leyenda que indique que la factura es verificable en la sede electrónica de la AEAT, especialmente si trabajas en modo VERI*FACTU.

4. VERIFACTU no es lo mismo que factura electrónica

Conviene separar dos conceptos que se están mezclando mucho:

4.1. Factura electrónica

Hablar de factura electrónica es hablar de formato y canal:

  • Facturas en PDF que se envían por correo.
  • Ficheros en formato Facturae para Administraciones Públicas.
  • Plataformas de intercambio de facturas entre empresas.

En una farmacia, esto se ve sobre todo cuando:

  • Facturas a residencias, mutuas, aseguradoras o empresas que te piden un formato concreto.
  • Tienes que enviar facturas a una Administración por canales electrónicos.

4.2. VERI*FACTU

VERIFACTU no regula el formato de la factura, sino cómo debe comportarse el sistema que las genera:

  • Es indiferente que el resultado sea un ticket en papel, un PDF o un fichero electrónico.
  • Lo imprescindible es que el programa de gestión cumpla las reglas de integridad, trazabilidad e inalterabilidad.

Para tu farmacia, traducido:

Seguirás imprimiendo tickets y, cuando sea necesario, facturas.
Lo que cambia es que tu programa deberá hacerlo bajo un esquema antifraude definido por Hacienda.


5. Plazos de entrada en vigor: ¿para cuándo tiene que estar tu farmacia preparada?

El calendario se ha movido varias veces. A día de hoy, tras las últimas modificaciones normativas, los plazos de entrada en vigor del sistema son, en líneas generales, estos:

  • 1 de enero de 2027
    Para determinados contribuyentes que tributan por Impuesto sobre Sociedades y se encuentran dentro del ámbito del artículo 3.1.a) del Reglamento. Aquí entrarían, por ejemplo, estructuras societarias que exploten oficinas de farmacia en determinados esquemas.
  • 1 de julio de 2027
    Para el resto de obligados del artículo 3.1 del Reglamento, donde se incluyen empresarios y profesionales personas físicas, entre ellos la farmacia típica a nombre del titular en recargo de equivalencia.

¿Qué significa esto en la práctica?

  • Tienes algo más de año y medio (según el tipo de titular) para que tu programa de gestión esté adaptado.
  • No es un plazo para “el último día”, porque depende de:
    • Que el proveedor de software publique la versión adaptada.
    • Que tú revises tus circuitos de venta, devoluciones, cierres de caja y facturación a terceros.

6. Qué deberías ir haciendo ya como titular de farmacia

6.1. Hablar con quien te lleva el programa de gestión

Preguntas muy concretas:

  • ¿Vuestra solución de gestión de farmacia se va a adaptar al Reglamento VERI*FACTU?
  • ¿La actualización estará disponible antes de los plazos de 2027?
  • ¿El sistema va a trabajar solo como sistema informático de facturación (SIF) o también ofrecerá el modo VERIFACTU con envío en tiempo real a la AEAT?
  • En la práctica, ¿qué cambiará en:
    • la venta normal en mostrador (tickets),
    • las facturas a residencias, mutuas, empresas,
    • las anulaciones y devoluciones,
    • el cierre de caja diario?

6.2. Revisar tu protocolo interno de tickets y facturas

Conviene dejar por escrito, para todo el equipo:

  • Cuando basta con el ticket, que seguirá siendo el documento habitual para el público general.
  • Cuando hay que emitir factura completa (empresa/autónomo, residencias, mutuas, seguros…).
  • Cómo se gestionan las devoluciones y errores:
    • Qué hacer si se cobra mal una venta.
    • Cómo anular o rectificar un ticket ya emitido.

Todo eso tendrá reflejo en el registro de eventos del programa, y es importante que el procedimiento sea claro y coherente.

6.3. Coordinarte con tu asesoría contable y fiscal

Aunque tú no presentes IVA:

  • Los datos de ventas que genere el programa formarán parte de tu documentación fiscal y se relacionarán con tu IRPF o Impuesto sobre Sociedades.
  • Es buen momento para decidir con tu asesoría:
    • Cómo se van a exportar y revisar esos registros.
    • Si tiene sentido o no optar por el modo VERIFACTU (envío en tiempo real) en tu caso.
    • Cómo documentar correctamente operaciones especiales: facturación a residencias, servicios, alquileres, etc.

7. Conclusión: seguirás “sin IVA”, pero con un sistema de facturación más controlado

La idea clave para una oficina de farmacia es esta:

VERIFACTU no cambia tu régimen de IVA ni te obliga a dejar el recargo de equivalencia.
Lo que cambia es cómo debe funcionar el programa con el que emites tickets y facturas.

Seguirás:

  • Trabajando con tickets en el mostrador.
  • Sin presentar modelos periódicos de IVA si sigues en recargo de equivalencia.

Pero tendrás:

  • Un sistema de facturación con controles antifraude,
  • tickets y facturas con trazabilidad y, en su caso, código QR,
  • y unos plazos claros (2027) para estar adaptado a la nueva normativa.

Si eres titular de farmacia, es un buen momento para revisar con calma tu programa de gestión y coordinarte con tu asesoría para que, cuando lleguen las fechas de entrada en vigor, todo esto sea simplemente un cambio “por debajo” de tu trabajo diario, y no una emergencia de última hora.